Cuando se acerca el final de año, el período de fiestas de Navidad y la campaña de consumismo exagerado que tiene alrededor, acostumbramos a poner el foco en la infancia. Los más pequeños son el objetivo de muchas de estas acciones domésticas o externas, por lo que siempre es buen momento para fijarse en temas menos ociosos, pero altamente importantes que afectan a un colectivo vulnerable que requiere nuestra máxima atención: los menores de edad. El reciente Proyecto de Ley Orgánica para la protección de menores en entornos digitales (conocido como PLOPMED) nos trae un cambio sustancial que debemos conocer.
Un cambio de edad clave: de los 14 a los 16 años
Hasta ahora, en nuestro país, un menor de 14 años podía prestar su consentimiento para el tratamiento de sus datos en la mayoría de servicios digitales. Sin embargo, el nuevo proyecto de ley propone elevar esa edad hasta los 16 años. ¿Qué significa esto para una empresa, una ONG o una asociación? Básicamente, que si su negocio o actividad trata datos de jóvenes de entre 14 y 16 años (por ejemplo, mediante una app, un registro web o un formulario), pronto necesitará el permiso expreso de sus progenitores o tutores legales, y no sólo el del propio menor.
Esta medida no es un capricho. Responde a una realidad que un estudio de UNICEF España nos advertía ya en el 2021: la práctica totalidad de nuestros adolescentes tiene un móvil antes de los 11 años y está presente en múltiples redes sociales. El legislador entiende que la madurez digital necesaria para comprender los riesgos de internet requiere una protección adicional hasta los 16 años.
Aunque esta armonización se refleja en otros países de la Unión Europea, no está exenta de debate. Los expertos señalamos que, en la práctica, nos encontraremos con ciertas contradicciones: un joven de 16 años podrá consentir un tratamiento de datos, pero quizás ya ha tomado decisiones sobre su salud o identidad desde edades más tempranas. Y es que en nuestro ordenamiento jurídico no existe una edad única que determine la capacidad para realizar actos con trascendencia jurídica. En cualquier caso, en caso de que nos ocupa profesionalmente, lo más importante es la claridad: habrá que revisar los protocolos de recogida de datos para asegurarnos de que estamos verificando correctamente la edad y el vínculo con los tutores.
Ante este nuevo escenario, la mejor estrategia no es el miedo a la sanción, sino la adopción de una cultura de privacidad desde el diseño que ponga la dignidad del menor en el centro de cualquier proyecto tecnológico. No olvidemos que detrás de cada dato hay una persona en formación, y nuestra responsabilidad como profesionales es garantizar que su entrada en el mundo digital sea segura, acompañada y respetuosa con sus derechos fundamentales. La clave del éxito para nuestras organizaciones será la adaptación proactiva y transparencia en la comunicación con las familias, asegurando que cualquier tratamiento de información esté plenamente justificado y protegido bajo los nuevos umbrales que la ley establece para proteger nuestro futuro: los jóvenes.
Jordi Ventura





