Drones y privacidad: cuando el espectáculo atraviesa la línea

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Desde hace un tiempo, los drones son noticia por cuestiones muy serias, como su uso como arma de guerra o el bloqueo de instalaciones aeroportuarias para volar espacios restringidos por motivos de seguridad. Pero esta vez me detendré en una situación más trivial aunque también importante. Durante unas vacaciones recientes en un hotel de costa, viví una de esas experiencias que, a primera vista, parecen pura magia tecnológica. Una tarde, mientras los huéspedes descansábamos entre piscina, bar y tumbonas, un pequeño ejército de drones empezó a despegar desde los jardines. Música, luces, coreografía aérea. Los aparatos bailaban en el cielo como si fueran estrellas con motor, dibujando figuras y haciendo sonreír a pequeños y grandes. El espectáculo fue tan inesperado como cautivador: un juego moderno para entretener a los turistas.

Todo esto quedó como una agradable anécdota de verano… hasta unos meses después. Siguiendo el hotel en las redes sociales -como hacemos muchos clientes satisfechos-, topé con un vídeo promocional precioso: imágenes de dron sobrevolando el recinto, la piscina, los jardines llenos de vida. Y ahí, entre risas y bañadores, salía yo. Bien reconocible. Sin haber firmado ninguna autorización, ahora formaba parte involuntaria de una campaña publicitaria.

Es fácil pensar que no ocurre nada, que es una escena inocente. Pero detrás existe una cuestión de fondo muy importante: el derecho a la privacidad. Según el’Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT), cuando un dron capta imágenes de personas identificables, ya no es sólo un juguete o una cámara más: es una herramienta que trata datos personales. Y esto comporta responsabilidades.

Las empresas que utilizan drones –ya sea por motivos de seguridad, promoción o entretenimiento– deben cumplir la normativa de protección de datos. Esto significa informar previamente de la grabación, señalizar la zona de vuelo, evitar captar a personas sin consentimiento, y, sobre todo, no utilizar las imágenes con fines comerciales si no se ha obtenido autorización expresa.

Por nuestra parte, como ciudadanos, también tenemos derechos. Si nos reconocemos en un vídeo difundido sin permiso, podemos pedir su retirada y ejercer nuestros derechos ante la entidad responsable o, en su caso, presentar una reclamación ante la APDCAT.

La tecnología puede realizar maravillas visuales, y los drones han abierto un mundo de oportunidades creativas. Pero el hecho de que una cámara sea pequeña y vuele no significa que esté por encima de los derechos fundamentales. La intimidad, la imagen y el consentimiento siguen siendo tierra sagrada -aunque el plan sea aéreo-.

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